ADUANA & AFIP
- Al ingresar a Argentina: se puede traer libre de impuestos ropas y objetos de uso personal usados, así como libros, folletos, periódicos y otros artículos, nuevos o usados, que no tengan finalidad comercial, de cualquier origen, hasta un límite –por vías aérea / marítima – de USD500 por pasajero, -por vías fluvial / terrestre- de USD300 por pasajero. Los montos varían por lo que evitamos desinformar, siendo lo ideal que cada uno investigue los montos al momento de viajar.
- La mercadería adquirida en tiendas libres (Free Shop) del puerto o aeropuerto de llegada, sin franquicia.
- La mercadería adquirida en tiendas libres (Free Shop) que no se encuentren en el puerto o aeropuerto de llegada, será considerada dentro de la franquicia original.
- Se deben presentar las facturas de compra de las mercaderías adquiridas en el exterior que se ingresan, para determinar el valor de los bienes que componen el equipaje. Caso contrario, se tomará el valor que establezca la autoridad Aduanera.
- Ingreso / Egreso de Valores: no se puede llevar ni ingresar como equipaje:
- Mercadería prohibida por razones de seguridad pública, defensa nacional, salud pública, sanidad animal o vegetal, protección del patrimonio artístico, histórico, arqueológico, paleontológico o científico o conservación de las especies animales o vegetales.
- Explosivos, inflamables ni estupefacientes.
Para más información ingresá en www.afip.gob.ar
La declaración de objetos en Aduana se realiza después del check-in. Para asegurarse cuáles equipos deben ser declarados, ingresar en la Página Web de la AFIP ya que los píxeles y otras medidas mínimas para la declaración varían durante el año varias veces.
Declaración por Internet de objetos transportados como equipaje: click acá para ver sitio
0810-999-AFIP (2347)